Convocatorias y actas de plenos

Convocatorias y actas de plenos

El acta es el documento oficial que recoge lo tratado o acordado por el pleno. De cada sesión plenaria, la secretaria extenderá acta. Una vez aprobada ésta en la siguiente sesión plenaria, se transcribirá en el Libro de actas, autorizándola con las firmas del presidente y de la secretaria. Para su formalización los libros de actas deben reunir una serie de requisitos formales y cautelas recogidos en la ley.

NOTA: La información se irá incorporando a este espacio de forma paulatina por el personal municipal.