Publicada la rebaja del IVTM para 2023

Publicada la rebaja del IVTM para 2023
16 diciembre, 2022 Comentarios desactivados en Publicada la rebaja del IVTM para 2023 Noticias admin

Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia la rebaja fiscal para el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, también conocido como el «impuesto de rodaje», que el Ayuntamiento aprobó en pleno para el próximo año.

Con esta medida, el diferencial que permite aplicar la ley sobre las tarifas legales se sitúa en el mínimo (1), por lo que los vehículos domiciliados en nuestro municipio pasarán a pagar el mínimo importe posible.

De esta forma, el impuesto queda de la siguiente forma:

Clases de vehículo y potenciaCuota Euros
A) TURISMOS
De menos de 8 caballos fiscales16,62
De 8 hasta 11,99 caballos fiscales34,08
De 12 hasta 15,99 caballos fiscales71,94
De 16 hasta 19,99 caballos fiscales89,61
De 20 caballos fiscales en adelante112,00
B) AUTOBUSES
De menos de 21 plazas83,30
De 21 a 50 plazas118,64
De más de 50 plazas148,30
C) CAMIONES
De menos de 1.000 Kg de carga útil42,28
De 1.000 a 2.999 Kg de carga útil83,30
De más de 2.999 a 9.999 Kg de carga útil118,64
De más de 9.999 Kg de carga útil148,30
D) TRACTORES
De menos de 16 caballos fiscales17,67
De 16 a 25 caballos fiscales27,77
De más de 25 caballos fiscales83,30
E) REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES ARRASTRADOS POR VEHíCULOS DE TRACCIóN MECáNICA
De menos de 1.000 y más de 750 Kg de carga útil17,67
De 1.000 a 2.999 Kg de carga útil27,77
De más de 2.999 Kg de carga útil83,30
F) OTROS VEHíCULOS
Ciclomotores4,42
Motocicletas hasta 125 cc4,42
Motocicletas de más de 125 cc hasta 250 cc7,57
Motocicletas de más de 250 cc hasta 500 cc15,15
Motocicletas de más de 500 cc hasta 1.000 cc30,29
Motocicletas de más de 1.000 cc60,58

Se mantienen las bonificaciones existentes para minusválidos y vehículos destinados a uso agrícola, que deberán seguir presentando la documentación acreditativa de la bonificación, tal como exige la ley.

Además, se introducen las siguientes bonificaciones:

  • 100% para vehículos históricos, o aquellos que tengan una antigüedad mínima de 25 años contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
  • En función de las características de los motores, la clase de combustible que consuma el vehículo y la incidencia de la combustión en el medio ambiente, se establecen las siguientes bonificaciones:
Características de motoresPorcentaje de bonificaciónPeriodo de bonificación
Vehículos híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel, o eléctrico-gas) homologados de fábrica, incorporando dispositivos catalizadores, adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes.50%Sin fecha fin de disfrute
Vehículos de motor eléctrico y/o de emisiones nulas.75%Sin fecha fin de disfrute
Híbridos enchufables con etiqueta cero emitida por la DGT.50%Sin fecha fin de disfrute
  •  Los vehículos automóviles de la clase turismos o asimilados, de nueva matriculación a partir de 2012, disfrutarán de una bonificación en la cuota del impuesto en función del grado de emisiones de dióxido de carbono (CO2), siempre que cumplan los requisitos siguientes:
Clase de vehículosEmisiones de dióxido de carbonoPorcentajePeriodo de bonificación
TurismoMenos de 100 gr/Km de CO220%Sin fecha fin de disfrute

Todos los titulares de vehículos que quieran disfrutar de estas bonificaciones, siempre que los vehículos puedan ser candidatos a las mismas por sus características, deberán presentar en el Ayuntamiento una instancia general, adjuntando la documentación justificativa oportuna, solicitando tal bonificación.

Para que las bonificaciones se puedan aplicar en el recibo de 2023, las solicitudes deberán ser presentadas antes del 31 de diciembre de 2022, ya sea presencialmente en la Secretaría del Ayuntamiento, o bien mediante registro electrónico o por correo electrónico.

Enlace al Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza: http://boletin.dpz.es/BOPZ/UploadServlet?ruta=Boletines/2022/287/Edictos/bop_8796_2022.pdf

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